Cobertura de incendio en seguro de empresa

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Todo buen seguro multirriesgo para negocios que se precie debe incluir la cobertura de incendio, ya que a pesar de ser un riesgo poco probable, las consecuencias económicas en caso de producirse casi siempre son muy graves, llevando en algunos casos al cierre definitivo del local si no se dispone de liquidez para hacer frente a los costes de la reparación de los daños.

A continuación te explicamos en detalle en qué consiste la cobertura de incendio, que suele incluir y que suele excluir, para ello hemos tomado como ejemplo un condicionado de una compañía muy bien considerada por los profesionales del comercio que suelen contratar seguros para comercios con nosotros.

En primer lugar, es fundamental entender que considera incendio una compañía aseguradora, para ello hemos tomado como ejemplo la Definición de incendio según una compañía aseguradora: 

“Un incendio es la combustión y el abrasamiento con llama capaz de propagarse de un objeto y objetos que no estaban destinados a ser quemados en el lugar y momento en que se produce”

A continuación te explicaremos:

  • Qué riesgos cubre una compañía en caso de incendio.
  • Qué gastos cubre la compañía de seguros en caso de incendio.
  • Cuál es el límite de indemnización en caso de incendio.
  • Qué riesgos están excluidos en caso de incendios.

¿Qué riesgos cubre una compañía en caso de incendio?

La compañía se hará cargo de los daños materiales y directos producidos en los bienes asegurados como consecuencia de:

  • INCENDIO: Por la acción directa del fuego, así como los producidos por las consecuencias inevitables del incendio cuando éste se origine por caso fortuito, por malquerencia de extraños, o por negligencia propia del asegurado o de las personas de quienes responda civilmente.
  • EXTINCIÓN: Debida a la extinción de un incendio garantizado por la póliza y/o los causados por las medidas tomadas por la autoridad para cortar, impedir o extinguir el fuego.
  • EFECTOS SECUNDARIOS: Debidos a la acción de vapores, humo, polvo, carbonilla y cualquier otra sustancia similar derivada de alguno del incendio, un rayo, la extinción o una explosión y siempre que se produzca de un siniestro amparado por la póliza en cuestión.

¿Qué gastos cubre la compañía de seguros en caso de incendio?

Los gastos que una compañía de seguros indemnizará al beneficiario de la póliza, en primer lugar será los que estén debidamente justificados y que además hayan sido consecuencia del incendio y sus consecuencias por los conceptos siguientes: 

  • Extinción.
  • Salvamento.
  • Desescombro.
  • Desalojamiento forzoso.
  • Pérdida de alquileres por desalojamiento forzoso.
  • Reposición de archivos.
  • Restitución estética.

No obstante, destacar que cada uno de estos conceptos están sujetos a condiciones particulares definidas en la póliza que es necesario estudiar bien en cada caso en particular, ya que los conceptos mencionados anteriormente son ejemplos sacados de una póliza standard.

¿Cuál es el límite de indemnización en caso de incendio?

En primer lugar debemos considerar que para que la compañía de seguros indemnice en caso de incendio, los daños sufridos deben estar dentro del apartado de riesgos cubiertos y gastos cubiertos, es decir, los apartados definidos anteriormente.

Respecto al límite de indemnización en caso de incendio, es algo que podemos pactar con la compañía aseguradora, pero normalmente suelen establecer un techo del 105% de las sumas aseguradas para continente y/o contenido especificadas en las condiciones particulares de la póliza.

¿Qué riesgos están excluidos en caso de incendios?

Generalmente en una póliza standard quedarán excluidos en caso de incendio los siguientes riesgos y gastos:

  • Los daños y/o gastos causados por la sola acción del calor, por contacto directo o indirecto con aparatos de calefacción, de acondicionamiento de aire, de alumbrado, hogares (fuegos de leña), por accidente de fumador o domésticos, o cuando los objetos asegurados caigan aisladamente al fuego, a no ser que tales hechos ocurran con ocasión de un incendio propiamente dicho o que éste se produzca por las causas expresadas.
  • Los daños y/o gastos causados por corrientes anormales, cortocircuitos, propia combustión o la caída del rayo en las instalaciones y aparatos eléctrico s o sus accesorios, o por causas inherentes al funcionamiento de los mismos, salvo que se hubiera pactado expresamente su cobertura en la póliza.
  • Los perjuicios o pérdidas indirectas de cualquier clase que se produzcan con ocasión de siniestro.

En sector asegurador contamos con una amplia experiencia asegurando comercios, por ello, te invitamos a que si lo que deseas es asesoramiento de forma gratuita y sin compromiso para contratar un seguro para tu comercio, o tienes cualquier consulta acerca de las coberturas de incendio, rellenes el siguiente formulario y uno de nuestros agentes contactará contigo en los siguientes minutos.

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